viernes, 9 de enero de 2009

Principios Generales del Derecho Laboral

En innumerables procesos laborales advertimos que las Resoluciones del Ministerio de Trabajo, se remiten exclusivamente a los hechos que determinan el fin de la relación laboral. Del mismo modo, recurrentemente acuden a los escasos principios que suele utilizar el autor de moda, para los efectos ex trabajador de este organismo gubernamental. En estos casos nos asiste el derecho de acudir al Poder Judicial para que sea un Juez quien determine el derecho que nos asiste.
El Derecho Laboral cuenta con principios para todos los efectos de la relación entre el tabajador y el empleador. De ahí que es menester que el abogado laboralista esta inmerso en los Principio del Derecho Laboral así como en las normas pertinentes. Lo que evidentemente le permitirá una visión amplia y veraz de los hechos que su patrocidano le exponga conjuntamente con las pruebas aportadas. Si bien es cierto que, según García Maynes, los hechos le pertenecen a los abogados de partes y, la ley al Juez, es de destacar que las sentencias nos demuestran que la ausencia de los Principios Generales del Derecho Laboral, son frecuentes, excepto una de ellas que viene a ser el recurrentes Principo de Razonabilidad. El resto de la Sentencia es una relación de los hechos, con la frecuente omisión de hechos determinantes, y por ende obligadamente susceptible de apelación.
Un proceso laboral puede durar hasta quince años. Período que nos dará la triste sorpresa que el trabajador demandante, envejezca en el camino y por último su fallecimiento se produzca antes de haber obtenido su derecho.
Los jueces no tienen ningún pudor en emitir una resolución (como ejemplo) por decir, en el mes de febrero, y comunicarla a las partes, en el mes de agosto. Comunmente se le llama "carga procesal". Sin embargo, la parte demandada, o demandante, según sea el "favor de la sentencia", logra apelar de la misma un día después de recibida esta, vale decir que ha tomado conocimiento de la resolución antes de ser remitida a sus destinatarios.
La Etica profesional es un tema exotico, para determinados jueces, y el abuso del poder es la la insignia. Desde el desprecio con que se trata al trabajador demandante, hasta el sometimiento con que se atiende y aconseja al Empleador demandado.
No mencionamos la moral que debe imperar en el Poder Judicial, porque lamentablemente asistimos a una nueva moral. Hablemos del daño Psicológico que sufre el trabajador, y que es una constante en su vida, pues previamente fue objeto de este daño en su centro de trabajo.

Las Facultades de Derecho de todo el país, están preparando tramitdores, mas no abogados. El negocio de la Educacióm permitido por la Asamblea Nacional de Rectores, ha transgredio la ley Universitaria 23733, permitiendo la Educación a Distancia, el adelanto de los estudios, dictando cursos de verano, así como cursos de Actualización al finalizar la carrera (?). Todo ello dirigido a expedir el Título Profesional sin el cumplimiento del requisito fundamental, como es la prueba de conocimientos. De tal suerte que la persona que se matricula en la Facultad de Derecho de determinadas Universidades, lo hace con el convencimiento que al cabo de cinco años o más obtendrá el título sin dificultad, porque su costo ha sido pagado durante ese período, y además se ha sometido a los requerimientos económicos que exige su titulación.
Estos hechos nos permiten conocer el futuro del Poder Judicial. La profesión de Abogado se ha convertido en un Título Nobiliario para determinadas personas, con la cual están en condiciones de acceder, y lo logran, a puestos de trabajo que deberían recaer en profesionales especializados. Lamentablemente, entre la Política, practicada por legos (por no emplear los términos precisos), y el ejercio abusivo del Poder Judicial, no muestra un escenario de dolor. Quién no ha visto a un trabajador acudir constantemente a un Juzgado para reclamar que se dicte sentencia, y con el correr de los años, esa misma persona la hemos vuelto a ver en la precaria condición de una vejez prematura, y una pobreza galopante. Sin embargo, lo único que se mantiene en ellos es la esperanza que alimentan sus abogados, que esa situación pronto será superada, mentira que les permite continuar visitando a la Justicia humana ausente, hasta el día en que sus articulaciones no les permitan avanzar por el tortuoso camino del Palacio de la Injusticia, esa que llegó en reemplazo de la Justicia, porque esta tarda y no llega en materia laboral.